Cancillería informa sobre nuevas disposiciones para los vuelos especiales
Información se deberá tomar en cuenta para la llegada y salida del territorio nacional.
Ante la reactivación de los vuelos especiales y la aprobación de la “Guía Técnica: Protocolo de Atención a Viajeros en vuelos especiales”, el Ministerio de Relaciones Exteriores informó recientemente a la comunidad peruana y extranjera en el Perú que existen nuevas disposiciones que deberán tomar en cuenta tanto para la llegada de pasajeros a territorio nacional como para la salida de los mismos.
En primer lugar, recordó que todos los vuelos de salida al exterior del país son solicitados por las las Embajadas acreditadas en el Perú, aprobados por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y coordinados por la Cancillería. Para acceder a ellos, los ciudadanos deberán contactar con la embajada correspondiente o, en algunos casos, a las agencias de viaje contratadas por ellas para tal efecto.
Asimismo, la Cancillería detalló que para estas operaciones se procura dar prioridad a aquellos ciudadanos peruanos que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: son compatriotas residentes en el exterior, estudiantes próximos a iniciar sus ciclos de estudio, peruanos con empleos en el extranjero, personas con necesidades o urgencias médicas, grave estado de salud o fallecimiento de un familiar cercano.
Por otro lado, con respecto a los vuelos que llegan al territorio nacional, informaron que estos responden a las solicitudes de las Embajadas o Consulados del Perú en el exterior y los viajeros provienen únicamente de las listas que dichas representaciones establecen, por lo que se recomienda su oportuno registro. Las agencias o aerolíneas que fueren autorizadas a efectuar las ventas en dichos vuelos sólo podrán hacerlo a los peruanos o residentes incluidos en las referidas listas.
En caso haya sido seleccionado para el referido viaje se deberá completar el formulario virtual de información médica y de declaración jurada, antes del viaje, indicando el lugar donde pasará un aislamiento obligatorio de hasta catorce días en el Perú. El llenado de dicho formulario es un requisito obligatorio y se deberá presentar la constancia del llenado para abordar el respectivo vuelo. El enlace del formulario es el siguiente: https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/
Cabe resaltar que, está permitida la llegada de viajeros en misiones especiales o por razones de trabajo, con miras a contribuir a la reactivación económica. En estos casos deberán presentar una prueba molecular negativa del COVID-19 o un documento de alta clínica o epidemiológica con una antigüedad de no mayor de tres días para ser exceptuados del aislamiento obligatorio.
Finalmente, precisó que actualmente cuentan con un cronograma de vuelos de entrada y de salida que contempla el retorno y partida de peruanos de las principales ciudades que cuentan con necesidades de repatriación, a decir: Miami, México, Buenos Aires, Santiago, Guayaquil, Sao Paulo, Amsterdam, Madrid y Bogotá, entre otras.